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Enegía fotovoltaica sobre edificación PDF Imprimir E-Mail
Escrito por Daniel   
Wednesday, 16 de April de 2008

Enegía fotovoltaica sobre edificación

Las instalaciones de producción de energía solar fotovoltaica, INSTALADAS SOBRE EDIFICACIÓN en lo concerniente al Régimen Especial de retribución, se rigen por la normativa general del régimen retributivo de instalaciones fotovoltaicas conectadas a red.

La propuesta de RD, en su capítulo "Régimen económico" contempla las siguientes tarifas reguladas, para las instalaciones fotovoltaicas que cuenten con inscripción definitiva con posterioridad al 28/09.

Tarifas
Tipología Potencia

Tarifa regulada - Cent€/Kwh

Tipo I: Instalación sobre edificación

P<= 20 KW
44,00
20 KW <P<=200
39,00
P> 200 KW
33,00

Tipo II: Instalación en el suelo

 
31,00

Si bien es un borrador de RD, existe una clara voluntad por parte de la Administración, en favorecer esta tipología de instalaciones fotovoltaicas.

Debemos tener presente DOS importantes limitaciones:

La propuesta de RD limita a 200 MW las nuevas instalaciones.

La capacidad de las líneas de distribución es muy limitada. Solo las PRIMERAS SOLICITUDES de capacidad de evacuación podrán en difinitiva acogerse a este régimen retributivo. Anticípese y solicítenos una propuesta de instalación.

Modificado el ( Thursday, 17 de April de 2008 )
 
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